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Leyes impositivas en Puerto Rico favorecen a tenedores de criptomonedas

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Los comerciantes y tenedores de criptomonedas pueden encontrar en Puerto Rico una buena opción, dados los beneficios de las leyes impositivas en la isla.

Así, la isla se presenta como un refugio para emprendedores, con una tasa de impuesto igual a cero para las ganancias de capital.

Igualmente, los ingresos obtenidos en Puerto Rico están exentos de impuestos estadounidenses.

Profesionales financieros, comerciantes e inversores que están elaborando estrategias a largo plazo o que esperan grandes ganancias futuras de capital pueden favorecerse con las leyes impositivas en la isla, debido a que el comercio de valores y las criptomonedas están libres del impuesto a las ganancias de capital.

La Ley 60

Un trabajo publicado por Forbes resalta las bondades de la Ley 60 que, con una tasa de impuesto corporativo establecida en 4 % para los servicios exportados y varios otros impuestos en 0, le ofrecen a Puerto Rico una oportunidad que vale la pena considerar.

En 2012, Puerto Rico creó dos leyes fiscales: la Ley 20, de Servicios de Exportación, y la Ley 22, de Inversionistas Individuales.

El objetivo de estos instrumentos legales era atraer empresarios a la isla con incentivos fiscales para establecer negocios en Puerto Rico.

Luego, en 2019, las dos leyes se fusionaron y cambiaron de nombre a la Ley 60, que contiene algunas de las tasas impositivas más lucrativas del territorio para los empresarios.

A quiénes beneficia la ley

La Ley 60 ofrece una tasa impositiva corporativa de 4 % a las empresas puertorriqueñas que exportan servicios a empresas fuera del territorio.

Esto es ideal para emprendedores en línea y proveedores de servicios que tienen negocios, empleados y clientes de Estados Unidos.

Para contar con este beneficio, el empresario debe abrir una empresa puertorriqueña, establecer su negocio en la isla y comenzar a exportar servicios de Puerto Rico a Estados Unidos.

El trabajo de Forbes explica que los emprendedores también deben cumplir con otros requisitos, como convertirse en residentes de buena fe de Puerto Rico.

La residencia de buena fe generalmente requiere el traslado del hogar permanente, familia y pertenencias, registrarse para votar, obtener una licencia de conducir y una cuenta bancaria, así como crear lazos personales con Puerto Rico.

También se debe pasar tiempo en el territorio. Los dueños de negocios que necesitan ir a Estados Unidos con frecuencia por negocios o que viajan internacionalmente tienen cierta flexibilidad para el tiempo que pasan en Puerto Rico siempre que tengan una residencia de buena fe.

Las empresas que tienen $ 3 millones o más en ingresos también necesitan contratar a un empleado local para reclamar la tasa impositiva corporativa del 4 %. Las empresas más pequeñas no tienen requisitos de empleo.

Cualquier industria es elegible siempre que el servicio se realice en Puerto Rico y se exporte.

Pueden optar a la Ley 60 las empresas de investigación y desarrollo, de publicidad, los servicios de consultoría y asesoramiento, las empresas de arquitectura, los centros de llamadas, los centros de servicios compartidos, las empresas de desarrollo de software, los servicios de educación / formación, las empresas de marketing, los comerciantes internacionales, entre otros.

Cero impuestos sobre ganancias

Los residentes puertorriqueños que califican para la Ley 60 pagan 0 % en impuestos sobre ganancias de capital, dividendos, intereses y regalías.

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Los empresarios pueden capitalizar esto pagándose un salario razonable de su empresa puertorriqueña y recibiendo el resto de sus ingresos en dividendos libres de impuestos.

Esta tasa de impuestos no se aplica a los dividendos provenientes de Estados Unidos ni a los ingresos por intereses o bienes inmuebles en ese país.

La Ley 60 favorece a los profesionales financieros, comerciantes e inversores que están elaborando estrategias a largo plazo o que esperan grandes ganancias futuras de capital, debido a que el comercio de valores y las criptomonedas están libres del impuesto a las ganancias de capital.

Sin embargo, esta tarifa se aplica al período de tenencia después de recibir la residencia puertorriqueña. Además, la exención de ganancias de capital varía dependiendo de si el activo es una acción que cotiza en bolsa o una compañía privada.

Los empresarios que obtienen ingresos en Puerto Rico generalmente no están obligados a presentar una declaración de impuestos federales sobre los ingresos de EEUU.

En cambio, los empresarios que se pagan un salario en Puerto Rico solo están sujetos a los impuestos y la seguridad social de Puerto Rico. Para ser elegible, un empresario debe ser un residente de buena fe de Puerto Rico durante todo el año fiscal y abrir una empresa de la Ley 60 de Puerto Rico para exportar servicios.

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