InicioOpiniónErnesto Portillo: Nunca ha sido ilegal la minería de criptomonedas en Venezuela

Ernesto Portillo: Nunca ha sido ilegal la minería de criptomonedas en Venezuela

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El 15 de julio, el ministro venezolano de Hábitat y Vivienda, Ildemaro Villarroel, anunció a través del canal estatal la prohibición de instalar equipos de minado de criptomonedas en urbanismos adjudicados por el gobierno mediante la Gran Misión Vivienda Venezuela.

En esa oportunidad, el ministro dijo que esta actividad quedaba prohibida en estos hogares debido a su alto consumo de energía.

Tras estas declaraciones, Morocotacoin entrevistó al abogado Ernesto Portillo, CEO de CriptoJuris Venezuela, para conocer qué regulaciones están vigentes en el país en esta materia, entre otros temas relacionados.

CriptoJuris es un emprendimiento venezolano dedicado a la asesoría y formación en el aspecto jurídico, contable y tributario de las criptomonedas.

La minería digital y las normas en Venezuela

¿Existe alguna ley o normativa que prohíba minar criptomonedas en viviendas adjudicadas por el Gobierno venezolano?

-Desconozco que exista una normativa que prohíba a lo interno de los urbanismos que adjudica el Estado venezolano algunas actividades, entre ellas la minería digital. Y, si existe, yo la desconozco.

«Por desconocimiento, algunos funcionarios públicos, administrativos y policiales ven la minería digital como algo ilegal, pero más que todo por desconocimiento. Nunca ha sido ilegal la minería de criptomonedas en Venezuela», sentenció el abogado.

Asimismo, aclaró que para ejercer esta actividad las personas deben cumplir con la normativa relacionada para tal fin. Por ejemplo, «debes cumplir con lo indicado en el Decreto Constituyente del Sistema Integral de Criptoactivos del 30 de enero del año 2019», explicó Portillo.

«En cuanto a si se puede prohibir, de poder se puede, recuerda que el Estado Venezolano, por razones del interés general, puede tomar decisiones que pueden prohibir ciertas actividades o restringirlas a unas condiciones específicas», explicó.

Aseveró que ningún funcionario venezolano debe actuar al margen de las normas y las leyes que han sido aprobadas desde diferentes instancias para regular el ejercicio de la minería.

Añadió: «Los funcionarios no deben actuar fuera de la ley. Ellos deben hacer lo que diga la norma, no inventar una norma; revisar si existe una norma a lo interno (de los urbanismos)».

¿Es necesario algún tipo de autorización para minar en un hogar?

-Como te lo he explicado anteriormente, las normas que se deben cumplir para la actividad de minería digital están relacionadas con las normas directas del sector de criptoactivos, como los son: las de las Zonas Petros, los Decretos Constituyentes del Sistema Integral de Criptoactivos, la Providencia del RISEC.

Mencionó que los mineros también deben tomar en cuenta las normas del sector eléctrico y las normas contra la legitimación de capitales.

Portillo resaltó que los requisitos para poder minar, por ahora, son muy básicos. Para las personas naturales y jurídicas, por ejemplo, es necesario tener el Registro Integral de Servicios en Criptoactivos (RISEC).

Enfatizó también que dentro de la norma señalada existen otros requerimientos como poseer las licencias de uso de los equipos electrónicos destinados a la minería digital en sus diferentes algoritmos.

¿Cuáles son esas normas o leyes que regulan la minería?

-En Venezuela existe un grupo de normas directas con la activad de minería digital como son: el Decreto N° 3.333, sobre la Creación de las Zonas Petros, de fecha 22 de marzo de 2018 y la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.366. Esta norma favorece la actividad de minería digital con privilegios tributarios.

«Recordemos las Zonas Petro son la Isla de Margarita, estado Nueva Esparta, Los Roques, Territorio Insular Francisco de Miranda, Paraguaná, estado Falcón y Ureña-San Antonio, estado Táchira», explicó.

También están las que tienen relación directa con la actividad de minería digital:

  • Decreto Constituyente sobre el Sistema Integral de Criptoactivos, de fecha 30 de enero de 2019.
  • Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 41.575.
  • Providencia mediante la cual se regula el Registro Integral de Servicios en Criptoactivos (RISEC), de fecha 4 de febrero de 2019.
  • Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 41.578.

Portillo indicó que hay otras normas que tienen una relación indirecta con la actividad:

  • Ley Orgánica del Sistema y Servicio Eléctrico, de fecha
  • 14 de diciembre de 2010.
  • Normas de Calidad del Servicio de Distribución de Electricidad, de fecha 19 de agosto de 2004.
  • Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, de fecha 30 de abril de 2012.
  • Gaceta Oficial No. 39.912.
  • Resolución No. 083-18 de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) de fecha 17 de enero de 2019.
  • «Este grupo de normas tiene una relación indirecta con la actividad de la minería digital; las tres primeras, todo lo que tiene que ver con el tema de la energía eléctrica y, las dos últimas, lo relacionado con la legitimación de capitales que, a mi criterio, los que se dedican a la actividad de minería digital deberían cumplir«, enfatizó.

Más protección y garantías

¿Considera que es necesario que se elaboren normas más claras para la minería en urbanismos del Estado y en hogares particulares?

-Sí, claro. La Sunacrip (Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas) debe aligerar, apurar el paso para desarrollar un conjunto de normas que faciliten el tema cripto. La Sunacrip debe crear todo un conjunto de normas que faciliten desarrollar el concepto de criptonación.

«Como te he venido comentando, las normas básicas sí están. Creo que se debe seguir avanzando en la protección y garantías jurídicas que se le deben brindar a los que se dedican al sector de la minería digital del ecosistema cripto venezolano.

El Estado venezolano, como impulsor del tema cripto, debe dar facilidades para la minar, siempre y cuando no se perjudique el interés general, reiteró Portillo.

¿Cuál es ese concepto de criptonación?

-Criptonación es lo que se viene desarrollando a través de la Asonacrip (Asociación Nacional de Criptomonedas), que trata de adopción masiva del uso de las criptomonedas en el territorio venezolano.

«Creo que hay una gran oportunidad de que nuestro país se convierta en una gran Cripto Nación. Se tienen grandes ventajas pero se debe incentivar con reglas claras para que vengan los grandes del sector de la minería digital mundial», enfatizó el abogado venezolano.

Agregó: «Yo sigo creyendo en mi país, por cuanto hay grandes oportunidades en el sector de los criptoactivos. Lo que hay es que crear normas que incentiven el ecosistema cripto».

¿Qué organismo o instituciones deben crear esas normas?

-En cuanto a quién debe crearlas, estas pueden salir desde la Asamblea Nacional Constituyente, desde el Poder Ejecutivo, a través del Presidente o a través de la propia Sunacrip, o a través de iniciativas de los cripto entusiastas venezolanos, que se las presenten a los entes con facultad de legislar.

¿Considera que haría falta el cobro de algún impuesto a quienes minen desde su hogar?

-Sí, uno que ha tenido en lo individual y como organización dedicada al tema jurídico de las criptomonedas y las tecnologías asociadas, ha recibido distintos comentarios de las personas que se dedican a la actividad de minería digital. Muchas quieren contribuir con los gastos del Estado a través del pago de tributos, y que se pague por esta actividad, para ser destinado al mantenimiento del sector eléctrico, la promoción y desarrollo de sector de criptoactivos y al apoyo de organizaciones que realizan investigación en el sector.

Volviendo al anuncio del Gobierno venezolano del pasado 15 de julio, ¿por qué cree usted que haya prohibido la minería en hogares adjudicados por el Estado?

-Con respecto a esta pregunta, desconozco las razones y, como te lo indiqué anteriormente, los funcionarios públicos deben actuar en función de los principios de legalidad y competencia, por cuanto el accionar de estos no puede ser a discreción.

Portillo señaló que de acuerdo con algunas investigaciones realizadas por CriptoJuris sobre los argumentos que han usado las autoridades venezolanas para prohibir la minería en estos hogares, es que al pareces éstas asocian la actividad con la legitimación de capitales.

Consideraciones finales

El abogado y CEO de Criptojuris agradeció a Morocotacoin por brindarle un espacio para la conversación de estos temas. Este emprendimiento tiene una serie de boletines que puede consultar para conocer las normas y regulaciones relacionadas con la criptominería.

«Gracias a Morocotacoin, portal de noticias especializada en el tema de los criptoactivos y las tecnologías asociadas, por la entrevista y felicitarlos por el trabajo que vienen haciendo en pro de ecosistema cripto venezolano.

Resaltó Portillo: «Nuestro país, en un estudio relazado por la Universidad de Cambridge, está ubicado en el puesto número 10 de poder de minado mundial. Esto es un indicativo positivo. Por lo tanto, nuestro país se puede convertir en el corto y mediano plazo en una región muy rentable para la actividad de minería digital».

Para mayor información o asesoría, los interesados pueden contactar a CriptoJuris a través de su correo electrónico: [email protected], su sitio web o sus redes sociales: Instagram y Twitter.

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